De la Corte Constitucional de Colombia:
El alto tribunal tumbó una reforma al artículo 125 de la Constitución que permitía a los funcionarios públicos que ocupan cargos provisionales entrar en carrera sin competir por méritos.
Esto, siempre y cuando, llevaran más de cuatro años en el cargo. La medida afecta a unos 45.000 funcionarios.
Según la Corte, el parágrafo que se adicionó al artículo 125 de la Carta Política genera una desigualdad frente a los aspirantes que han participado en el concurso y han clasificado por sus méritos.
El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Nilson Pinilla, explicó que aunque las reformas constitucionales sólo pueden ser analizadas por vicios de forma, en este caso consideraron que el Congreso no estaba facultado para reformar la Constitución en este sentido, porque afectaba la estructura de la Carta.
“Con esta determinación se entendió que el Congreso no tenía competencia al asumir una función que rompía la estructura de la Constitución. En este caso concreto en la llamada meritocracia”, explicó.
La decisión en la sala plena fue dividida. Cinco magistrados votaron a favor de eliminar la reforma, mientras que cuatro de ellos se apartaron de la decisión mayoritaria y salvaron su voto.
El fallo no cobija a los funcionarios en carrera judicial y notarial porque no fueron incluidos en la norma declarada inexequible.